Secuestro internacional de Menores y Convención de la Haya en Brasil

Secuestro internacional de Menores y Convención de la Haya en Brasil

El secuestro internacional de menores ocurre cuando uno de los Padres extrae al menor del país de su residencia habitual, violando el derecho de custodia que el otro Padre posee.

La disciplina jurídica está dada por el Convenio de La Haya sobre los efectos civiles del secuestro internacional de menores en vigor en Brasil por el Decreto 3413/00. La Convención es uno de los  tratados internacionales más exitosos de los Tratados de Derecho Civil Internacional, con numerosos países firmantes, entre ellos Brasil.

De acuerdo a este convenio, el derecho de guardia que un padre posee incluye el derecho a decidir sobre la residencia del niño. Por lo que aunque los padres o madres que no posean la Guardia Judicial también podrán, de acuerdo con el país de origen, que tener que dar su consentimiento para el cambio de la dirección internacional. Cuando este acuerdo no se produce y el otro padre lleva al niño a otro país, estamos frente a una extracción ilegal en virtud de esa  Convención.

La solución jurídica propuesta es el regreso del niño. El poder judiciario del país de residencia habitual es que debe decidir acerca de la modificación del hogar del niño. Sin embargo, en algunas situaciones el retorno se puede negar, incluso de acuerdo con la Convención. Estas excepciones a la vuelta son:

  • la solicitud de devolución tarda más de un año para ser hecha;
  • cuando hay situaciones de grave riesgo para el niño;
  •  la negación del niño cuando tenga la edad suficiente para ser escuchado;
  • el padre abandonado no tenía el poder de opinar acerca del hogar del menor, de acuerdo con la legislación del país de residencia habitual;
  • cuando la devolución implica violación de derechos humanos del niño.

La interpretación de estas excepciones varían ampliamente, sin embargo, la actuación del abogado es muy importante en estos casos tan delicados. El derecho a la visita del ” padre abandonado” también es siempre un  tema sumamente importante. Hay estrategias específicas, resultado de la experiencia que puede ayudar mucho en un tipo de caso delicado y sensible para las partes implicadas y la oficina Botinha y Cabral tiene una amplia experiencia en este tipo de demanda para ayudar en este difícil momento.

La Oficina también actúa en conjunto con la asesoría jurídica extranjera del cliente, lo que puede resultar necesario y  con la Secretaría de Derechos Humanos de Brasil o entidades similares en el extranjero, que son responsables por  la aplicación del Convenio de La Haya sobre Secuestro en los países. La oficina también actúa en mediaciones sobre estos temas, siempre tratando de resolver satisfactoriamente esta difícil cuestión que experimentan las familias internacionales.

Para obtener más información sobre cualquier cuestión relacionada con el Convenio de La Haya sobre los efectos civiles de la sustracción internacional de menores y los detalles de su caso específico, consulte con nosotros directamente y con total confianza, utilizando la “consulta express” al final de esta página.

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